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Jueves, 03 Septiembre 2026 00:03

Anulan resolución y regresa regla de los 75 metros para las droguerías

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Tras las acciones jurídicas promovidas por ASOCOLDRO, el Ministerio de Salud reconoció la vigencia del Decreto 3554 de 2008. La decisión devuelve claridad jurídica al sector y define las reglas.

Una decisión de alto impacto para miles de droguistas detallistas del país acaba de producirse. El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 001999 del 28 de agosto de 2026, publicada en el Diario Oficial el 31 de agosto, mediante la cual derogó la Resolución 820 de 2026 y reconoció expresamente la vigencia del Decreto 3554 de 2008.

En términos prácticos, la decisión significa que vuelve a aplicarse la regla de los 75 metros para las droguerías, brindando claridad frente a una discusión normativa que generó preocupación e incertidumbre en el sector.

La determinación del Ministerio se produce luego de las actuaciones jurídicas adelantadas por la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas – ASOCOLDRO, así como de decisiones de la Corte Constitucional y del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

ASOCOLDRO acudió a la justicia ante la falta de claridad sobre las reglas aplicables a las distancias entre droguerías, promoviendo una acción de cumplimiento para exigir la observancia de la decisión de la Corte Constitucional y una acción de nulidad frente a la Resolución 820 de 2026. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca posteriormente ordenó al Ministerio dar cumplimiento a dicha decisión y, según el comunicado de la Asociación, llegó a confirmar una sanción por desacato al entonces Ministro de Salud.

 

¿Qué cambia para los droguistas?

Con la expedición de la nueva resolución, las actuaciones administrativas que actualmente se encuentren en curso para la apertura o traslado de droguerías deberán atender lo establecido en el Decreto 3554 de 2008.

Al mismo tiempo, se establece una garantía importante para quienes obtuvieron autorizaciones mientras estuvo vigente la Resolución 820 de 2026: dichas autorizaciones continúan vigentes, de acuerdo con lo expresamente dispuesto en la nueva regulación.

Para ASOCOLDRO, el resultado constituye un avance significativo en la defensa de los intereses del droguista detallista y demuestra la importancia de acompañar al sector no solamente desde la información, sino también desde la gestión institucional y jurídica.

 

“Esta decisión representa mucho más que un cambio normativo. Significa recuperar claridad y seguridad para miles de droguistas que necesitan reglas claras para trabajar, invertir y prestar un servicio esencial en sus comunidades. Desde ASOCOLDRO hemos sostenido que nuestra labor no es solamente informar lo que ocurre en el sector, sino actuar cuando los derechos y los intereses de los droguistas detallistas pueden verse afectados. Seguiremos haciendo seguimiento a la aplicación de esta regulación y acompañando a nuestros asociados en todo el país”, dijo, Lucía Monsalve, directora ejecutiva de ASOCOLDRO.

 

Una decisión con alcance nacional

El cambio regulatorio cobra especial relevancia por el papel que cumplen las droguerías detallistas como uno de los principales puntos de acceso de las comunidades a productos y servicios relacionados con la salud.

Para ASOCOLDRO, la expedición de la Resolución 001999 de 2026 constituye una nueva muestra de la importancia de contar con una representación gremial activa, capaz de llevar las preocupaciones del sector ante las instituciones y acudir a los mecanismos jurídicos cuando sea necesario.

ASOCOLDRO continuará acompañando a los droguistas detallistas y haciendo seguimiento a la correcta aplicación de la regulación en todo el territorio nacional.

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