Jueves, 17 Septiembre 2026 21:59

Chía autoriza construcción en suelo protegido desconociendo prohibiciones

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La comunidad cuestiona el cambio de criterio de la Alcaldía y advierte que la decisión es ilegal porque desconoce restricciones ambientales y antecedentes judiciales sobre el POT.

Chía, Cundinamarca. Una construcción cuya licencia había sido revocada en 2025 volvió a recibir luz verde en los Cerros Orientales de Chía. La Dirección de Urbanismo del municipio autorizó la construcción de una vivienda, junto con portería y cuartos técnicos, para un total de 1.432,52 metros cuadrados en el Lote 5.1 de Encenillos de Sindamanoy.

La nueva Licencia de Construcción No. 2026204, expedida el 16 de julio de 2026 a favor de Inversiones El Antiguo Darién S.A.S., representado por el señor Marcos Barón, vuelve a permitir una construcción en el mismo predio donde, un año antes, la propia Dirección de Urbanismo había revocado la licencia de construcción para el mismo proyecto.

La decisión ya fue recurrida por la comunidad, que cuestiona qué cambió entre 2025 y 2026 para que una construcción previamente negada sea autorizada, pese a que, según los habitantes, las prohibiciones ambientales y urbanísticas del predio continúan vigentes.

 

“Lo preocupante es que la Alcaldía cambió de criterio frente al mismo terreno y unas condiciones ambientales que siguen existiendo. Mover la construcción unos metros y hacer unas modificaciones cosméticas de la obra dentro del predio no elimina los nacimientos de agua, no desaparece la Reserva Forestal Protectora ni borra las decisiones judiciales que limitaron determinados usos en estas zonas”, afirmó Gloria Lucía Álvarez, abogada experta en derecho ambiental y exdirectora de la CAR.

 

Uno de los principales cuestionamientos está relacionado con las áreas de protección ambiental presentes en el lote. El predio cuenta con zonas clasificadas como Reserva Forestal Protectora y Bosque Protector y, y la comunidad sostiene que la construcción autorizada se encuentra en un área donde el uso residencial enfrenta claras prohibiciones a la luz del POT y de las sentencias judiciales que declararon la nulidad parcial del Acuerdo 17 de 2000.

El recurso presentado contra la licencia también cuestiona que la Alcaldía hubiera cambiado su interpretación frente al concepto previo de la CAR. Según los recurrentes, permitir que el análisis ambiental se produzca después de otorgada la licencia desconoce la función preventiva que debería tener este control antes de autorizar una construcción.

La controversia también revive los antecedentes judiciales sobre el POT de Chía. De acuerdo con los documentos presentados por la comunidad, decisiones judiciales retiraron del ordenamiento la disposición que permitía, como uso condicionado dentro de la Zona de Reserva Forestal Protectora, la denominada “vivienda del propietario o en condominio”. Los recurrentes sostienen que esa habilitación no puede ser reconstruida mediante una nueva interpretación administrativa.

El caso tiene además una particularidad: la licencia fue otorgada a Inversiones El Antiguo Darién S.A.S., una persona jurídica, situación que también es cuestionada por la comunidad frente a la figura de “vivienda del propietario”.

La preocupación, sin embargo, va más allá de esta construcción. El proyecto original de Encenillos contemplaba 1.054 viviendas, de las cuales solo se desarrollaron 364. Por ello, los habitantes advierten que una nueva autorización en el Lote 5.1 podría convertirse en un precedente para abrirle la puerta a la construcción de más de 700 viviendas que no fueron desarrolladas a consecuencia de las sentencias judiciales que declararon la nulidad parcial del POT y de nuevos intereses por continuar densificando la construcción en suelos de protección y aumentar la presión urbanística sobre los Cerros Orientales de Chía.

 

“No estamos hablando solamente de una casa de más de 1.400 metros cuadrados. Estamos hablando de que hacer interpretaciones amañadas para permitir el desarrollo así sea de una vivienda en zonas donde se han impuesto prohibiciones legales, es abrir la puerta para acabar con los cerros orientales como zona de conservación ambiental no urbanizable tal como lo ha contemplado el POT”, agregó Gloria Lucía Álvarez, abogada experta en derecho ambiental y exdirectora de la CAR.

 

La comunidad también ha advertido que la empresa solicitante de la licencia de construcción viene desarrollando ilegalmente obras constructivas dentro del predio que considera ilegales y señala que está solicitando la intervención de las autoridades competentes, especialmente de la fiscalía general de la Nación, para que investiguen los hechos, incluida una eventual urbanización ilegal y otras conductas que puedan configurarse.

Actualmente, la licencia se encuentra recurrida mediante recursos de reposición y apelación. Los habitantes solicitan que la Dirección de Urbanismo revoque la autorización y advierten que, de mantenerse la decisión, acudirán a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para buscar su nulidad.

Para la comunidad, la discusión ya no es únicamente sobre una vivienda: es sobre si los suelos de protección, las fuentes hídricas y las decisiones judiciales que han prohibido la construcción en estas zonas pueden quedar subordinados a una nueva interpretación de la administración municipal, en favor de un reconocido constructor del municipio.

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